- Fue una iniciativa presentada por la diputada Karina Olivas Parra para dar claridad a la normativa vigente, ampliando los supuestos de “caso fortuito” y “fuerza mayor”, para efectos de la excepción del procedimiento de licitación pública
A fin de contribuir en la transparencia y mejores prácticas del gasto público, la diputada Karina Olivas Parra presentó al pleno de la XVII Legislatura del Congreso del Estado, iniciativa mediante la cual se reforme el artículo 52 y se adicionan las fracciones XII, XIII, y un último párrafo, al artículo 2, todos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de BCS.

En la exposición de motivos la promovente señaló que, las licitaciones públicas son cruciales para asegurar la transparencia, competencia justa, y eficiencia en la contratación de bienes y servicios por parte del gobierno, así como de fortalecer el crecimiento económico, al tiempo que garantiza que las necesidades de la población se atiendan con calidad y a precios adecuados.
En razón de lo anterior y derivado de que la Auditoría Superior del Estado respecto de observaciones del gasto público, la legisladora indicó que, en relación a la aplicación de procedimiento de excepción de licitación pública y la subjetividad, al no estar delimitado en la ley, específicamente en los términos de “caso fortuito” y “fuerza mayor”, es que se proponen las reformas en comento, a fin de evitar una discrecionalidad, subjetividad y falta de cumplimiento de la propia ley.
Por lo que, con el objeto de contribuir en la transparencia y mejores prácticas del gasto público, es que se plantean la definición más amplia de los supuestos de “caso fortuito” y “fuerza mayor” para el caso de la legislación estatal, lo que permitiría evitar interpretaciones divergentes, así como a mejorar la seguridad jurídica, abriendo la puerta a exigir documentación por escrito.